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  • Consulta : 248917
  • Autor : Lic. David Ríos
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  • Autor
    Respuesta No: 370483

  • Lic. David Ríos
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    muy buena tarde

     

    En relacion a tu pregunta te comento que sólo tendrás derecho a que te paguen la parte proporcional de aguinaldo, prima vacional y vacaciones.

    Por otro lado, si te refieres a que si tienes derecho de demandar otras prestaciones a las ya mencionadas depende de las veces en que se renovaron dichos contratos y ademas de que si la materia de trabajo por la cual fuiste contratado aún subsiste.

     

    Saludos