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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Noviembre de 2014 23:37 2014-11-22 23:37 desde IP: 189.217.23.78
¿Al señor? ¿Nueve años estudiando desde que parió? El Señor es el padre de su hija, El señor tiene derecho a convivir con su hija si cumple con el pago de los alimentos. Ahora bien, si el Señor padre de su hija no cumple con los alimentos claro está que no tiene derecho a las convivencias, pero si el Señor padre de su hija cubre el treinta por ciento de sus ingresos, podrá convivir con su hija.
Le informo que según los Psicólogos del Centro de Convivencia Infantil del D.F., cuando la madre se dirige al padre como el Señor, ya está calificada con problemas psicológicos serios.
Acuda con un abogado especialista en materia familiar que le asesore al respecto, pero mucho cuidado con cuanto coyote se aparece en este foro publicando datos de contacto en sus "asesorías" y con celular porque ni teléfono fijo tienen.
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