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Fecha de respuesta: Martes 18 de Noviembre de 2014 23:36 2014-11-18 23:36 desde IP: 189.217.69.249
Hola, si tu Familiar como lo acabas de mencionar tenía la posesión del Inmueble en calidad de arrendatario, jamás va a poder prescribir un derecho sobre un inmueble ya que com estudiante que eres te aconsejo revises en el código civil de tu entidad los requisitos SINE QUA NON para poder iniciar esa acción, ahora bien, si los familiares de la fallecida arrendadora son los que están iniciando tal acción (si asi lo acreditaron en la sucesión) tienen el derecho de iniciar el juicio de deshaucio o reivindicatorio, fraude procesal? si el hubiera comprado la propiedad podría comprarte la historia pero en la calidad que le transmitieron la posesión del bien, jamas va a generar tal derecho.
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