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  • Consulta : 248390
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si la despidió injustificadamnente, lo que más le conviene es que llegue a un arreglo con ella, o se corra el riesgo que lo demanda por dicho despido.

    Así como usted dice que ella no tiene documentos para comprobar la relación laboral, ustrd tampoco cuenta con ellos para acreditar el horario, jornada de trabajo, registros de asistencia, pago de salarios, y todas las condiciones de la relación laboral, de forma que si a ella se le ocurre decir que ganaba $ 1,000.00 diarios, usted tendrá que presentar comprobantes de pago de salario para demostrar que no era ese su salario; si aduce que el despido fue ayer, usted igual, tampoco tiene los documentos relativos al control de asistencia para demostrar cuál fue el último día trabajado.

    Es más fácil que ella acredite la existencia de la relación laboral, aunque sea con testigos, como usted dice "comprados", y con eseo le basta; en cambio, los artículos 784 y 804 de la Ley Federal del Tabajo le imponen a usted, como patrón, la obligación de presentar todos los documentos que esta obligado a conservar.

    Y si la persona presenta problemas mentales, ello no la priva del derecho de reclamar el pago de su indemnización, si usted la despidió injustificadamente; antes bien por el contrario, además de la indemnización que le reclame a usted, también podrá demandar al Seguro Social por su inscripción retroactiva, y también usted tendrá que pagar las cuotas-obrero patronales que omitió, así como las mnultas, recargos y actualizaciones.