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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Noviembre de 2014 19:12 2014-11-15 19:12 desde IP: 189.211.135.22
No, no tiene derecho a la prima de antigüedad, ya que ésta se paga solamente a los trabajadores que tengan más de 15 años de servicios al momento de presentar su renuncia, y evidentemente usted no tenía esa antigüedad.
Solamente le corresponde el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
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