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  • Consulta : 248053
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 369896

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Con tu acta de nacimiento... Donde reconoces a la niña... Puedes promover un régimen de visitas ante un juez familiar... Esto lo debe hacer un abogado... Que te dirá las condiciones...y la primera es... Que sepas donde esta la niña... Sin esto... No tienes nada...