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AutorRespuesta No: 369593
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Noviembre de 2014 12:28 2014-11-07 12:28 desde IP: 187.214.142.123
estimada consultante
considero que solamente la estan espantando con embargarle, toda vez, que si le quisieren embargar no se lo estarian hciendo saber, puesto que para embargar previamente debe estar admitida una demanda y posterior a ello, si bien el auto de exequendo no se notifica hasta el momento mismo de la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, usted una vez transcurrida tal diligencia podria dar contestacion al juicio que se le instaurare ok ofreciendo sus pruebas correspondientes, ok
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