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  • Consulta : 247362
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 369587

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No,no procede, ya que usted no tiene la posesión en carácter de propietario, sino simplemente como comodataria, sy el hecho que pague los servicios, es porque usted misma se aprovecha de ellos, por lo que no es en beneficio de la propietaria, y en cuanto al costo de las reparaciones del inmueble, constituye una contraprestación por ocupar la finca sin pagar renta, además de que el deterioro también es causado por el uso que le da al inmueble.