Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 247302
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 369555

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Precisamente el hecho que el pagaré que usted firmó se hubiera vencido sin que usted realizara el pago, es lo que da nacimiento al derecho de su tenedor para demandarlo, que es precisamente lo que hizo.

    Usted fue notificado de dicha demanda, tanto es así, que expresamente señala que la contestó, pero evidentemente, por indolencia, usted no dió puntual seguimiento al trámite del juicio, y éste, concluyó con una sentencia en la que lo condenaron a pagar el importe del pagaré y los intereses moratorios casuados a partir de la fecha de su vencimiento, por lo que en ejecución de sentencia, la parte actora promovió el incidente de liquidación de intereses, los que sumados al capital y con independencia de los nuevos intereses que se sigan venciendo, ha dado lugar a que se le requiera por el pago de $ 70,000.00.

    Dado que usted fue notificado y emplazado a juicio en el domicilio de su mamá, es en éste en el que lo seguirán buscando e, inclusive, la parte actora podrá solicitar del Juez le autorice para que, asistido de la fuerza pública, rompa puertas y cerraduras para introducirse a dicho domicilio y embargar y secuestrar bienes susceptibles de embargo que se encuentren en su interior.

    Si usted no desea causar problemas a su señora madre, dé la cara, así como la dió al adquirir joyas que no pago y que, por lo mismo, firmó el pagaré; si no lo hace y el demandando obtiene el mandato judicial para llevar a cabo el cateo, usted será responsable de la integridad física y estado de salud de su mamá.