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  • Consulta : 246990
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Alguna vez te comenté que los seguros facultativos se crearon para otorgar el seguro de enfermedades y maternidad a los estudiantes, no para cotizar en el seguro de retiro, cesantía y vejez, riesgo de trabajo y muerte o guarderias, que son los otros seguros que ofrece el IMSS.

    El transitorio segundo, que es una versión más amplia que el undécimo, cuando se refiere a "los asegurados inscritos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, así como sus befeficiarios, al momento de cumplirse, en terminos de la Ley que se deroga, los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, podrán optar por acogerse al beneficio de dicha Ley o al esquema de pensiones establecido en el presente ordenamiento."

    La mitad del párrafo crea la confusión, pero el resto lo aclara. Tu fuiste un asegurado inscrito mediante el seguro facultativo bajo la vigencia de la Ley anterior, de eso no hay duda, el problema es que no podrás cumplir con los supuestos legales en terminos de la ley que se deroga, porque durante la vigencia de esa Ley no cotizaste en el seguro de retiro, cesantía y vejez.

    Si siguieramos tu lógica, un bebé que nació en 1996 y fué asegurado por su papá, entonces también estaría en posibilidades de elegir ley 73 cuando se pensione.

    Pero te doy la razón en el sentido de que como lo he dicho antes, las leyes de seguridad social tienen muchas ambigüedades que dejaron en el camino los H diados y que solo crean confusión.