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Fecha de respuesta: Viernes 31 de Octubre de 2014 17:42 2014-10-31 17:42 desde IP: 159.16.237.30
Buenas tardes, por principio de cuentas la cuestion de pension alimenticia se da de acuerdo a la necesidad que tiene el que las va a recibir y la posibilidad que tiene el que la otorga, por lo cual, si usted gana 6,000.00 mensuales es ilogico que les proporcione 5,000.00 ya que esa obligacion ademas es de los dos padres, al 50 y 50 por ciento, tiene ambos igual obligacion para con los hijos. Aunado a lo anterior, el divorcio de mutuo consentimiento conlleva un acuerdo o convenio en el cual ambos conyuges deben estar de acuerdo y en ese documento se asienta principalmente sobre la custodia de los hijos, su manutencion y la designacion de los bienes que tengan los conyuges. Es decir, que dicho convenio protege principalmente a los menores, si uno de los dos no esta de acuerdo en lo establecido en el convenio, simplemente no fiirma el divorcio y tendria que ser necesario o incausado, dependiendo de la legislacion del estado de cada uno de ustedes. Esto es, que deberá haber un juicio para disolver el vinculo matrimonial. Respecto del pagaré, el convenio no es obligatorio asentarlo, es decir, si usted se compromete en el convenio a pagar digamos por ejemplo 2,500.00 menssuales para sus dos hijos, eso deberá cumplirlo porque el Juez lo tomará como cosa juzgada al momento de resolver la disolucion del matrimonio. de lo contraio, podrán demandarle el incmuplimento del convenio. Si no llegaran a ponerse de acuerdo para el divorcio por mutuo sonsentimiento, asistase de un abogado en materia familiar para que lo asesore y represente en cuestion de pension alimenticia, ya que mientras tanto que usted esta aportando sin falta aunque sea 1,000.00 por lo menos, si su contuyge quiere, al no tener usted un comprobante, puede negar que usted esta cumpliendo con la manutencion y le demandará eso. Puede tambien realizar esos depositos en un juzgado menor civil para tener un comprobante de que usted esta cumpliendo, por ello es importante que se asista de un profesional del derecho para que lo asista, ya que si no lo hace, puede ser susceptible de que el juez le imponga un porcentaje mayor si no se defiende. Asimismo, Usted puede acudir a un defensor publico en el mismo juzgado para que lo asista de forma gratuita. En el caso de que se pongan de acuerdo en cuanto a la pension que usted pasara para alimentos a sus menores hijos, entonces debera, asentar quien tendra la custodia, que generalmente es la madre y por ley ésta la tiene por lo menos hasta que los menroes cumplan doce años. Pero eso no le impide que usted los pueda ver cuando usted quiera, ambos conservan la patria potestad, es decir, tambien tendran que ponerse de acuerdo en los días y horas en que usted los verá y si no esta de acuerdo en lo que ella dice de que los vea una vez al mes 5 horas, no firme. Tendran que ponerse de acuerdo y asentarlo en el convenio si usted pide verlos por ejemplo dos dias a la semana en un horario determinado o cuando usted considere que puede, deberan asentarlos en el convenio. El cumplimiento de parte suya de cubrir los alimentos a sus hijos a usted le da el derecho de convivir con ellos igual que lo hace su madre. Para llevarlos a aguascalientes, deberan estar de acuerdo y asentarlo en el convenio, todos los acuerdos referentes a eso a los menores deberan dejarlo bien claro y bien asentado en el convenio buscando siempre la buena salud mental y desarrollo fisico de los niños. Le sugiero que se asista de un abogado usted tambien para que revise el convenio antes de firmarlo que no se encuentre viciado o unilateral de parte de su conyuge. Deberan tambien asentar el domicilio en el que sus hijos vivran ya que ahi es donde usted los vera o los recogerá dependiendo de lo que acuerden. y en cuanto a si tienen bienes, en caso de haberse casado por bienes separados, asi permaneceran los bienes cada bien con su propietario,en caso de haberse casado por bienes mancomunados o sociedad conyugal deberan decidir sobre ellos ambos y en su caso, verificar que bienes son parte de esa sociedad para que los adjudiquen al 50 por ciento. Espero haber podido yudarle. No soy especialista en derecho civil pero sí le sugiero que no espere a tener consecuencias desfaborables, no deje de aportar pension y busque tener un comrpobante de ello, asimismo, hagase asistir por un abogado para que revise el escrito de divorcio por mutuo consentimiento y en su caso el convenio o para que lo defienda en el caso de que su conyuge lo demande por pension alimenticia y le de lo justo. Le deseo lo mejor y no deje de preocuparse por lo realmente importante que son sus hijos.
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