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Fecha de respuesta: Jueves 30 de Octubre de 2014 01:25 2014-10-30 01:25 desde IP: 189.217.9.78
La obligación del pago del impuesto predial es del arrendador y no del arrendatario. Si Usted es el arrendador y paga el inpuesto predial, puede demandarle al arrendatario el pago por gestión de negocios de lo que ha pagado por él y anada más. No se haga ilusiones pensando que con ello ya se hizo de la propiedad.
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