Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 246093
  • Autor : Ariel Raul
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 132
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6894
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 368922

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Por lo que hace a su asunto deriva de una controversia entre condominos, por lo que le recomiendo que hable con la administración del conjunto habitacional y exponga su situación, para que se tome en consideración y que al momento de que encuentre trabajo se pondrá al corriente, de no ser así tendría que acudir a la Procuraduría Social de la localidad, ya que efectivamente no le pueden restringir el acceso del vehículo y de continuar haciendolo amritaría una sanción hacia el administrador, ya que si no ha pagado las cuotas es por causa justificada y no puede excederse la administración.

    Por lo que hace al delito de despojo, el MP le va ha decir que es improcedente ya que el tipo solo se da para los bienes inmuebles con fundamento en el artículo 226 del Código Penal del Estado de Baja California, por lo que no obtendría ningún resultado.

    Intente primero acordar con la administración de no ser así, tiene que demandarlos ante la Procuraduría Social del Estado de Baja California.

    Saludos

    Lic. y M.D. Ariel Reyes