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AutorRespuesta No: 368871
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Octubre de 2014 21:20 2014-10-23 21:20 desde IP: 189.234.249.210
no... es un acto civil... y se debe demandar en la via civil... cuando demuestres que es intangible la devolución del dinero o el ponerte en posesion del inmueble... puediera haber una sobra de delito... pero dicho como lo haces... no hay delito o cosa que se le parezca... no hay empobrecimiento... porque no se puede vender una cesion... o es venta o es cesion... pero no ambas... ya de ahi... no sabes que es lo que dices... y ese desconocimiento... se cobra con el archivo en materia penal...
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