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AutorRespuesta No: 368611
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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Octubre de 2014 20:31 2014-10-20 20:31 desde IP: 189.155.239.71
Si la sentencia ya quedo firme (esto es, si la autoridad ya agoto las instancias como la revision), en efecto, deben solicitar la cancelacion de servidor publico sncionado ante la autoridad que lo sanciono, debiendo obtener respuesta que ya la sancion se declaro improcedente por sentencia....ahora, si la sentencia declara la reparacion del daño, asi como los pagos de salario y prestaciones atrasados, deben solicitarlo a la autoridad donde laboraba.....por lo del daño moral, no hay nada.......
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