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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Octubre de 2014 18:29 2014-10-13 18:29 desde IP: 189.155.239.71
Si Usted demando ante el Juez Civil la pension alimenticia para su hija y el padre desde entonces no proporciono dicha pension, esta obligado a pagar los años atrasados y ponerse al corriente de este derecho....pero si no lo demando, pues legalmente no hay nada....lo que si puede es demandarlo para que empiece a pagar la pension alimenticia que la niña legalmente tiene derecho hasta cumplidos los 18 años y/o termine sus estudios profesionales....
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