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  • Consulta : 244565
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 367604

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no es lícito, pues tal pacto está expresamente prohibido por el artículo 40, de la Ley Federal del Trabajo; además, la capacitación de los trabajadore es una obligación del patrón proporcionarla, y debe hacerlo sin que represente ningún costo para el empleado.

    Consecuentemente y de conformidad con el artículo 5o, fracción XIII, esa estipulación constituye una renuncia expresa a los derechos del trabajador, renuncia quem por ser contraria a los principios rectores del propio Código Laboral, es nula de pleno derecho y no surte ningún efecto legal ni priva al trabajador de los derechos que a su favor consigna la Ley y el propio contrato de trabajo.