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  • Consulta : 244515
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 367546

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en efecto en el eedo de mex a partir de 90 dias se pierde la patria potestad claro q se tiene q pedir para q le sea otorgada vale recalcar q aun asi se pierda la patria potestad  la pension subsiste y en cuanto al pagare hay q ver si esta bien llenado yy si tiene vigencia ya q ud no debio quedarse con dicho pagare sino el juzgado y su abogado debe de iniciar el incidente via civil para la pension alimenticia y ud por la via penal ya qq se configura el delito de incumpliiento a las obligaciones alimentarias