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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Octubre de 2014 00:38 2014-10-10 00:38 desde IP: 189.217.14.14
Ninguna por abandono de hogar, ya que en el concubinato no existe domicilio conyugal y por lo tanto no existe abandono de lo que no existe. Sin embargo, sí puede demandar ante el Juez de lo Familiar la guarda y custodia de los hijos. Asístase de abogado especialista en la materia pero tenga mucho cuidado de los coyotes o egresados de escuela pato (técnicos en derecho de dos años) que publiquen datos de contacto en una página de asesoría gratuita y con teléfono celular porque ni para un teléfono fijo les alcanza. Cuídate a ti misno y mucho ojo.
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