- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 244258
- Autor : elizh80
- Consultas en Foro: 5
- Respuestas en Foro: 3858
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6730
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 367373
-
Fecha de respuesta: Martes 07 de Octubre de 2014 20:42 2014-10-07 20:42 desde IP: 189.155.239.71
Requiere de la institucion en la que trabaja le de una constancia de retenciones de los ultimos cinco años y solo estos cinco años tiene derecho a solicitar la devolucion, los demas años ya estan prescritos....la devolucion se solicita ante el SAT y necesita un Contador que realice el tramite........
-
Autor





