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  • Consulta : 244138
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 367316

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No señala si el contrato establece una cláusula penal por el incumplimiento. Una cláusula penal es aquella en que las partes establecen una compensación económica ya sea por una cantidad fija o un por ciento del valor del asunto en caso de incumplimiento. Pero en respuesta a su consulta, lo que procede es que el arrendador le demande la rescisión del contrato por falta de pago, entrega física y jurídica del vehículo, rentas adeudadas y las que se sigan generando hasta la entrega, gastos y costas del juicio, y claro está la penalización si así se pactó.