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  • Consulta : 244137
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 367315

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Claro que no puede poner rejas ni impedir la entrada al arrendador ya que de hacerlo estaría cometiendo el delito de despojo. Usted debe contratar a un abogado especialista en la materia, que demande la rescisión del contrato así como el pago de rentas adeudadas y las que seigan generando hasta la entrega física y jurídica del inmueble, demandando también al fiador. Pero mucho cuidado con los coyotes incluso los de este foro que se anuncian publicando datos de contacto en sus "asesorías".