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  • Consulta : 243791
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si reconoció a la niña mayor, legalmente es su hija y, en consecuencia, está obligado a darle alimentos.

    La cantidad que por concepto de alimentos debe proporcionar a los dos hijos, es de entre un 35 y un 40% de sus ingresos, deduciendo de éstos solamente lo relativo a los impuestos y a las cuotas de seguridad social.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar, y acuda a la Defensoría de Oficio de su localidad, en donde previo estudio socioeconómico, podrán asignarle a un abogado de oficio que se encargue dellevar a cabo todos los trámitews, incluido el que le otorguen a usted la guarda y custodia de los menores.