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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Octubre de 2014 17:58 2014-10-03 17:58 desde IP: 187.170.124.166
keneer12:
Usted amablemente me proporcionó información adicional a su consulta mediante correo electrónico personal y, derivado de la misma, es que le puedo asesorar respecto de su problema.
Pues bien, resulta que el delito de robo se persigue de oficio, y que los códigos penales establecen como delito de robo el hecho de que una persona se abstenga de entregar al agente del Ministerio Público los objetos encontrados como consecuencia de haber sido extraviados por su dueño, esta entrega debe hacerse dentro del plazo de tres días de haberlos encontrado, pero aclaro que en el lugar de los hechos, que es el estado de Sonora, esta figura es inexistente, pero cabe la posibilidad de que algún bando de buen gobierno y/o de policía prevea el asunto.
Dentro de este mismo orden de ideas y considerando al robo como delito perseguible de oficio, en otros estados tenemos que la devolución de lo robado tiene la simple consecuencia de que el juez penal absuelva de la condena del pago de la reparación del daño, pero que condene a la pena correspondiente al delito, sin embargo el artículo 305 del Código Penal de Sonora establece que el delito de robo se extingue siempre y cuando lo robado sea menos de 400 veces el salario mínimo general vigente en la capital del estado y exista manifestación expresa de desinterés jurídico por parte del ofendido en la prosecución de la causa, es decir, que exista perdón del ofendido y el monto sea menor a $ 67.29 multiplicado por 400 = $ 26,916.00 (veintiséis mil novecientos dieciséis pesos con cero centavos) Moneda Nacional.
De lo anterior se deriva que usted puede ser condenado a una pena de prisión que se conmute (substituya) por una multa y que la pena sería prisión de un mes a nueve años, siendo el término medio aritmético el de 04 (cuatro) años más 06 (seis) meses y 15 (quince) días, por lo que es altamente aconsejable que contrate a un abogado que le auxilie para resolver su problema, pues sigo sospechando que todo el asunto sea una triquiñuela en la que la policía y el agente del Ministerio Público estén participando, máxime que le prometieron "ayudarle" cuando de cualquier manera lo deberían consignar ante juez penal, así que no me extrañaría que ni siquiera exista expediente de averiguación previa y el acta donde usted declaró haya sido falsa y simulada.
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