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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Septiembre de 2014 14:25 2014-09-29 14:25 desde IP: 189.163.159.63
Pues contrate a un abogado...
Se supone que el convenio esta firmado entre INFONAVIT (representantes legales) y usted. Si Usted presenta como prueba superveniente el estado de cuenta que indica estar al corriente de pago y no adeudar ... ES IMPOSIBLE que ejecuten la cuenta ya que se supone el ACREEDOR esta conforme y de acuerdo que usted no adeuda cantidad morosa alguna. En todo caso quiza se le condene al pago de honorarios y gastos administrativos del despacho representante de INFONAVIT pero hasta ahi...
Pero si ya dicto sentencia el Juez... ES YA MUY TARDE para venir a preguntar que puede hacer....pues la sentencia estará para ejecución y aunque vaya a apelación le dirán que no aportó esa prueba superveniente consistente ene le Estado de cuenta .,.... aunque si aun no causa estado la sentencia pueda apelar para que un Magistrado valore las pruebas que el Juez no les reconocio validez que son los pagos realizados por usted y de los cuales deduzco yo posee los comprobantes en mano.
Pero si ya la sentencia causo Estado... ya no se puede hacer nada mi amigo...
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