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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Septiembre de 2014 09:32 2014-09-21 09:32 desde IP: 189.134.167.42
Efectivamente el traslado de parte de las incapacidades prenatales para después del parto, quedó asentado en la reforma a la LFT, debe ser aprobado por el patrón. Pero.... el IMSS no ha definido el procedimiento. El IMSS ve esas incapacidades desde el punto de vista de salud, mientras que el patrón lo vería desde el punto de vista laboral y la trabajadora lo que quiere es estar más tiempo con su bebe. Si por no salir de incapacidad antes del parto, sobreviniera para la madre o el bebe un problema de salud. ¿ quién sería el responsable o el demandado?
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