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  • Consulta : 242401
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 366080

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Para que se dé una idea, las Juntas tardan en promedio un año para dictar el laudo aunque la Ley de la materia señale un término para hacerlo. Eso es el mundo del ser y del deber ser. Lo que sí es ilógico es que el abogado le diga que la patronal se va a amparar cuando no se sabe si el laudo es a su favor. Mejor acuda a la junta y pida el expediente porque igual y ya hay un laudo y lo perdió.