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AutorRespuesta No: 366080
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Septiembre de 2014 23:10 2014-09-19 23:10 desde IP: 189.217.6.206
Para que se dé una idea, las Juntas tardan en promedio un año para dictar el laudo aunque la Ley de la materia señale un término para hacerlo. Eso es el mundo del ser y del deber ser. Lo que sí es ilógico es que el abogado le diga que la patronal se va a amparar cuando no se sabe si el laudo es a su favor. Mejor acuda a la junta y pida el expediente porque igual y ya hay un laudo y lo perdió.
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