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  • Consulta : 242265
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si bien es cierto, usted como madre de su hija, encuentra justificación en el hecho que, derivado de la enfermedad de la niña, haya dejado de asistir a prestar sus servicios a la Institución para la que trabaja, también lo es que para los efectods, tanto dela Ley Federal del Trabajo como la del Seguro Social, sus inasistencias carecen de justificación, ya que dejó de acudir a laborar sin permiso del patrón y sin documento alguno que le hubiera sido expedido por el Seguro Social por encontrarse USTED incapacitada para trabajar.

    Ahora bien, no indica usted en su consulta cuántos días inasistió a sus labores, por lo que no puede decírsele si efectivamente incurrió o no en alguna causal de rescisión de contrato sin responsabilidad para el patrón, por lo que usted deberá ser quien lo determine, tomando enconsideración que la fracción X, del artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo previene que es causa justificada de rescisión de contrato, incurrir el trabajador en MÁS de 3 faltas injustificadas en un período de 30 días calendario.

    En caso que la despida, dependerá de ello si es o no justificada tal medida; en todo caso, asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que presente la demanda correspondiente, reclamando las prestaciones que legalmente le corresponden.