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Fecha de respuesta: Jueves 18 de Septiembre de 2014 14:08 2014-09-18 14:08 desde IP: 189.234.168.63
un pagare... a la vista... es decir sin fecha de vencimiento... vence a los tres años de la fecha de su suscripcion... para efectos del cobro.... por otro lado... de ese momento en adelante... tiene un termino de un año... para hacer valer la accion causal... por tanto.... ese documento que mencionas.... ya no es cobrable y tuvo derecho a quebranto mercantil y efecto fiscal durante 5 años contados de la ultima fecha... ya es basura...
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