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  • Consulta : 242170
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 365876

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El Ayuntamiento le está iniciando un procedimiento administrativo que pudiera ser el procedimiento administrativo de ejecución, con el objeto de requerile el pago de los años adeudados, más actualiación y recargos, posiblemente multa. Si no acredita el pago le embargarán lo más seguro el inmueble, lo que no significa de ninguna manera que la pierda o lo desalojen. Puede llegar a un convenio para realizar el pago en parcialidades.