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Fecha de respuesta: Martes 16 de Septiembre de 2014 20:03 2014-09-16 20:03 desde IP: 189.234.174.28
los problemas existentes entre el vendedor y el comprador... son de ellos... no tuyos... y si pretendes sacar una lana de esto... puedes ser acusado de extorsión... no de hacer un tramite ... ya que tu único derecho... es seguir con el contrato... tu no puedes condicionar tu salida... y menos pedir recompensa o indemnización... tu único derecho... es el disfrute del contrato... por el tiempo de su duración... y solo estas obligado al pago de la renta a su titular... y no al nuevo dueño... sino por orden de un juez... por ello te digo que consignes la renta... para no incurrir en responsabilidad... repetir el contrato... eso si no lo creo... aun cuando estés al corriente en el pago de la renta... no hay tacita reconducción... ya que el titular del contrato... ha dejado de ser el titular del dominio del inmueble... ha vendido ese derecho y otro lo ha adquirido...
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