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  • Consulta : 241864
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 365682

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu matrimonio es valido.... solo que tu esposo... no tu ex esposo... te demandara la nulidad... y que el juez la dicte... es cuando es nulo... a esto se le llama nulidad de pleno derecho... pero toda nulidad... absoluta o relativa... la debe dictar un juez... no la parte... pero... si ruvieron hijos de la relacion posterior a la fecha del matrimonio... no hay nulidad... han cumplido con el fundamento del matrimonio... procrear y sobrellevar las cargas d ela vida...