Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 241765
  • Autor : Primus Tribunus
  • Consultas en Foro: 14
  • Respuestas en Foro: 2384
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 22 %
  • : 77 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 365595

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    marco.a.gonz:

    Explíquese correctamente, porque una cuestión es la Procuraduría General de la República (PGR) y otra la Procuraduría General de Justicia del Estado de México.

    Otra cuestión en la que usted es nada claro es a quién le llegtó la carta: ¿¡¿?!?¿A usted ó a sus patrones?!?

    Lo que sí es procedente, en todo caso, es que nadie conteste la carta que menciona, cuenta habida que la contestación sería una declaración ministerial totalmente ilegal en virtud de que las declaraciones deben hacerse por comparecencia personal, identificándose quien declara y, en su caso, acreditando que se representa al patrón, para lo cual se debe exhibir la correspondiente escritura del respectivo poder notarial.

    Ni usted ni sus patrones deben contestar esa carta.