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  • Consulta : 241754
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 365629

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En cuestiones de alimentos, los derechos son de los hijos, no de los padres; precisamente cuando éstos no cumplen con la obligación que les impone el Código Civil derivada del vínculo paterno-filial, el Juez determina la cantidad que debe entregar por concepto de alimentos, la forma en que deberá pagarlos y el modo de garantizarlos; esto es, se trata de una obligación, no de un derecho.