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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Septiembre de 2014 23:14 2014-09-17 23:14 desde IP: 189.234.174.28
aqui no hay acuerdos... tu obligacion es pagar el monto pactado... lo que no implica que puedas o no convivir con tu hijo... el ponerte al corriente... nada significa y ...tampoco puedes demnadar nada... puedes ... por medio de un abogado... promover un incidente de regimen de convivencias... al que ella no puede negarse... pagues o no la pension... pero... ella si te puede meter al bote... porque hayas faltado con el pago de una sola mensualidad... tus obligaciones alimentarias... estan por sobre todo tipo de deudas... y no debiste darle nada que no sea el dinero... y siempre por medio de consignacion en un juzgado... para que el juez siempre este atento a que has cumplido con la obligacion... el decir que le diste la tablet... no te libera de la obligacion y no es parte del pago de tu deuda... no a los ojos de la ley... no a los ojos del juez... juguetas o porquerias... no son parte de la pension....abusado...tu abogado sabe que hacer...
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