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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Septiembre de 2014 14:19 2014-09-12 14:19 desde IP: 189.134.80.148
No es necesario renunciar en este momento a la pensión.
Simplemente vuelve a trabajar y a cotizar, solo asegúrate que sea con patrón distinto al que tenías y en actividad difernte.
Si el IMSS decide darte de alta te suspenderá la pensión.
Si no te la suspende, llegado a los 60 puedes optar por seguir con tu pensiòn de invalidez o por la de cesantìa a que en ese momento tengas derecho.
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