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  • Consulta : 241734
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No es necesario renunciar en este momento a la pensión.

    Simplemente vuelve a trabajar y a cotizar, solo asegúrate que sea con patrón distinto al que tenías y en actividad difernte.

    Si el IMSS decide darte de alta te suspenderá la pensión.

    Si no te la suspende, llegado a los 60 puedes optar por seguir con tu pensiòn de invalidez o por la de cesantìa a que en ese momento tengas derecho.