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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Septiembre de 2014 18:19 2014-09-11 18:19 desde IP: 189.251.47.233
estimada consultante
no le haga caso al lic cadena solo exhibe sus carencias y falta de experiencia al vertir su asesoria misma que resulta incompleta toda vez que el citado profesionista nisiquiera sabe que hace el agente del ministerio publico adscrito a los juzgados civiles y peor aun no es abogado de la entidad que refiere que es usted consultante, por todas y cada una de esas razones no es dable otorgarle razon al susodicho abogado, ok
ahora bien, mire, le explicare, usted al hacer un convenio de divorcio por mutuo acuerdo con su esposo, lo tienen que presentar ante un juez civil y ratificarlo en el termino que les establezca, una vez hecho eso le da vista al agente del ministerio publico adscrito a los juzgados civiles para que manifieste si tiene o no oposicion en relacion al contenido del convenio, ok, sino hay oposicion del citado agente, el juez civil lo aprobara y decretara disuelto el vinculo matrimonial, asi como ordenarle al encargado del registro civil mediante atento oficio expida la correspondiente acta de matrimonio
en cuanto a la pregunta de usted de acudir con un abogado distinto al que lleva el caso, noooo, no puede acompañarlo porque es mutuo acuerdo el divorcio y no es juicio, ok
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