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  • Consulta : 241577
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no se puede; además, ni usted ni la madre del menor pueden acordar sobre derechos que no les pertenecen.

    Debe usted tomar en consideración que el Derecho a la Filiación e Identidad, es un derecho que corresponde a todo hijo, y en virtud de él, el menor puede ejercerlo para conocer quién o quienes son los ascendientes, de forma tal que, no obstante un acuerdo de esa naturaleza no surtiría ningún efecto legal, tampoco impediría que, en un futuro, su propio hijo sea quien le demande el reconocimiento de su paternidad.

    Si usted, derivado de los encuentros sexuales que tuvo con la que se dice se encuentra gestando un hijo suyo, tiene duda respecto de su paternidad, lo más conveniente es que, primero, espere a que nazca el producto de la concepción, ya que en tanto esto no suceda y sea viable, la madre no podrá ejercer en su contra ninguna acción legal, en caso que decidiera demandarle el reconocimiento de la patermidad, y después, si llega a ser demandado, la accionante deberá ofrecer la prueba pericial en genética, y usted también tendrá dercho a designar un perito de su parte; si del resultado de las periciales (incluida la del tercero en discordia designado por el Juez, en caso que los peritos de las partes sean contradictorios), el Juez estima que usted es el padre del niño, nada ni nadie podrá impedir que, en cumplimiento de la sentencia, se hagan las anotaciones marginales en el acta de nacimiento del menor, haciendo constar su nombre como el padre, y tampoco tendrá oportunidad de eludir su obligación de darle alimentos y convivir con él.