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Fecha de respuesta: Martes 09 de Septiembre de 2014 14:52 2014-09-09 14:52 desde IP: 189.135.7.116
Buen día, NO, los bancos solo pueden demandar y requerir de pago a los deudores del credito otorgado, es decir , no pueden embargar en un domicilio en el que no vive el deudor, siempre y cuando no sea usted el dueño, e incluso si llegara a vivir en ese domicilio pero él no es el dueño de nada de lo que hay en el mismo NO pueden embargar por que las deudas son personales y por domicilios.
Cualquier duda podemos resolverla en asesoriaconesp o al 5578.2705 de la Cd. de México o consultas urgentes al 55.5188.5282
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