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  • Consulta : 241336
  • Autor : CONESP Abgds
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    Respuesta No: 365226

  • CONESP Abgds
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Una vez que una persona es sentenciada, ésta se pone a disposicion de Ejecucion de Sanciones Penales y los beneficios que un sentenciado pueda obtener por diversas causas que la misma ley le otorga NO pueden ser impugnados por nadie, ni siquiera el ministerio publico tiene facultades para intervenir o impedir que esto ocurra, nada se puede hacer pues son beneficios para los sentenciados previstos en la ley. Cuaquier duda consultanos en asesoriaconesp o al 55.5578.2705