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  • Consulta : 241325
  • Autor : C.J.I. Tabasco
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  • Autor
    Respuesta No: 365228

  • C.J.I. Tabasco
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    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante.

    Hasta la fecha dicha Jurispridencia, que fue anunciada con bombo y platillo, sigue sin ser publicada en el Semanario Judicial de la Federación.

    Por lo tanto, hasta el momento, la vía para demandar a CFE sigue siendo la ordinaria mercantil (u oral dependiendo la acción y el importe).

    Saludos cordiales.