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AutorRespuesta No: 365185
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Septiembre de 2014 18:35 2014-09-08 18:35 desde IP: 189.211.135.22
Si, porque el fallecimiento del operador ocurrió cuando se encontraba en horas de trabajo y desempeñando las actividades para las cuales fue contratado, y no libera al patrón de esa responsabilidad el hecho que el accidente hubiera ocurrido por torpeza o neglicencia del propio operador, a menos que, en el juicio correspondiente, en empleador acredite plenamente que el chofer se encontraba en estado de embriaguez o bajo la acción de algúna droga enervante o nrcótico respecto del cual no existiera prescripción médica, o que, intencionalmente, el operador del tractocamión causó el accidente, o lo hizo en un intento de suicidio.
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