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Fecha de respuesta: Sábado 06 de Septiembre de 2014 09:17 2014-09-06 09:17 desde IP: 189.211.135.22
La venta de cigarros sueltos está expresamente prohibida por el artículo 16, fracción I, de la Ley General para el Control del Tabaco, y no solamente su venta a granel, sino también el empaquetado con menos de 14 ymás de 25 cigarros, y el tabaco picado en bolsas menores a 10 gramos.
Por tanto, no falta información, considerando que la Ley se hace del conocimiento de toda la población a través de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, de forma tal que al aparecer dicha legislación en ese medio de comunicación oficial el 30 de mayo de 2008, entró envigor al día siguiente, 31 de mayo de esa anualidad.
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