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AutorRespuesta No: 364968
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Septiembre de 2014 22:49 2014-09-04 22:49 desde IP: 189.217.91.249
en algunos de los casos o en su mayoria de los casos cuando la notificación NO FUE REALIZADA pero por obra del Espiritu uno conoce el número del expediente, juzgado y demas y solicita revisar el expediente se le indica que hay notificación y si en ese momento quiere que le presten el expediente para revisarlo... se realiza la notificación quien firma de enterado y empieza a correr el termino, ahora en el caso de que el actuario haya asentado la notificación y con independencia a que este mal domiciliado FIRMA DE NOTIFICADO el DEMANDADO, esta surte efectos pues es de recordar que LA NOTIFICACIÓN ES PERSONAL y desde luego SE LE NOTIFICA A LA PERSONA INTERESADA, por ende surte sus efectos legales... y en concordancia con el abogado GAROVALO si transcurrio el termino para contestar y no lo hizo pues ya valio!! lo que pretendes son patadas de ahogado. pues el actuario tiene fe pública en cuanto al ejercicio de su trabajo...
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