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  • Consulta : 240895
  • Autor : ZETH
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  • Autor
    Respuesta No: 364968

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    en algunos de los casos o en su mayoria de los casos cuando la notificación NO FUE REALIZADA pero por obra del Espiritu uno conoce el número del expediente, juzgado y demas y solicita revisar el expediente  se le indica que  hay notificación y si en ese momento quiere que le presten el expediente para revisarlo...  se realiza la notificación quien firma de enterado y empieza a correr el termino, ahora en el caso de que el actuario haya asentado la notificación y con independencia a que este mal domiciliado FIRMA DE NOTIFICADO el DEMANDADO, esta surte efectos pues es de recordar que LA NOTIFICACIÓN ES PERSONAL y desde luego SE LE NOTIFICA A LA PERSONA INTERESADA, por ende surte sus efectos legales... y en concordancia con el abogado GAROVALO si transcurrio el termino para contestar y no lo hizo pues  ya valio!! lo que pretendes son patadas de ahogado.  pues el actuario tiene fe pública en cuanto al ejercicio de su trabajo...