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  • Consulta : 240646
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 364783

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El delito de robo consiste en el apoderamiento de un buien mueble, sin consentimiento del dueño o de la persona que legalmente puede disponer de él; por tanto, es un delito que se consuma en el acto mismo del apoderamiento, sin importar que posteriormente se desapodere del bien, se abandone o devuelva a su propietario.

    En cuanto a lo que  usted menciona que se devolvió una parte del papel en archiv muerto, no disminuye en forma alguna, ni la gravedad ni calificativa del injusto, pues finalmente, el delincuente no solamente debe cumplir con la pena de prisión que le imponga el juzgador, sino también reparar el daño causado al sujeto pasovo del delito, ya sea mediante el pago del valor de los bienes robados, o su devolución, sí que, en todo caso, solamente le beneficiaría en cuanto al monto de la reparación del daño.