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  • Consulta : 240314
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 364493

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    vvillarealcade:

    Le aclaro que el buen AdvocatusRectus (cordiales saludos)  está en lo correcto, pero que le faltó explicar que la responsabilidad civil de usted como dueño del automotor  es subsidiaria, es decir, que el que provocó la colisión es responsable por la muerte del otro manejador así como responsable de los daños del otro vehículo y el de usted, pero si su amigo deja de pagar los daños y la indemnización por muerte, entonces usted deberá pagarlos y aguantarse de la falta de pago de los daños de su propio automóvil.