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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Agosto de 2014 18:51 2014-08-27 18:51 desde IP: 201.141.82.59
Existe un contrato verbal de arrendamiento con el finado y su obligación como arrendatarios es pagar la renta por el uso y disfrute del inmueble, para no incurrir en mora pueden consignar la renta mediante billete de deposito.
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