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  • Consulta : 239887
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 364254

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, en su caso no procede la prescripción positiva, porque tienen la posesión precaria, es decir, no existe entre su mamá y el propietario del predio vecino, de un acto jurídico (contrato) que le haya transitido a ella los derechos posesorios y de propiedad.

    Y si el terreno está inscrito en el Registro Público de la Propiedad a nombre dela hija, pero el señor es su albacea, no necesita acreditar que es propietario legítimo, pues es el albacea quien representa los intereses del finado hasta en tanto sus bienes no se adjudiquen a sus herederos.

    En consecuencia, el señor podrá proceder en contra de su señora madre en dos vías: la civil, a través del juicio reivindicatorio, y la penal, por haber incurrido en el delito de despojo de inmueble, así que mejor lleguen a un acuerdo con él, ya sea que le venda esa porción de terreno, o que su madre derribe la barda y la construyan dentro de los límites de su propiedad.