Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 239802
  • Autor : elizh80
  • Consultas en Foro: 5
  • Respuestas en Foro: 3858
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6728
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 363991

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Y si ya tiene a un Abogado que los atiende, por que no le consultan????......si puede acptar el pago con la propiedad, solo debe verificar en el Infonavit la situacion de la misma y asi estar en posibilidad de aceptarla, de ser asi, deberan hacer un contrato de compra venta en la modalidad de traspaso y formalizarlo ante un Notario Publico y puede tomar la prevision del fulano, solicitando al Notario les expida un Poder Legal con actos de pleno Dominio sobre la propiedad ya que el tipo se les puede desaparecer y con el poder al liquidar la propiedad procede a escriturar...pero cuidado con los coyotes "abogados" que se aprovechan de este foro gratuito para anunciarse y ofrecer sus servicios, tramites y asesorias, por que luego los consultantes regresan a este foro preguntando que hacer por que fueron estafados y los dejaron "colgados"..............