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Fecha de respuesta: Martes 26 de Agosto de 2014 23:44 2014-08-26 23:44 desde IP: 189.155.228.90
Y si ya tiene a un Abogado que los atiende, por que no le consultan????......si puede acptar el pago con la propiedad, solo debe verificar en el Infonavit la situacion de la misma y asi estar en posibilidad de aceptarla, de ser asi, deberan hacer un contrato de compra venta en la modalidad de traspaso y formalizarlo ante un Notario Publico y puede tomar la prevision del fulano, solicitando al Notario les expida un Poder Legal con actos de pleno Dominio sobre la propiedad ya que el tipo se les puede desaparecer y con el poder al liquidar la propiedad procede a escriturar...pero cuidado con los coyotes "abogados" que se aprovechan de este foro gratuito para anunciarse y ofrecer sus servicios, tramites y asesorias, por que luego los consultantes regresan a este foro preguntando que hacer por que fueron estafados y los dejaron "colgados"..............
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