- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 239564
- Autor : Obed
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 46
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6732
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 363716
-
Fecha de respuesta: Domingo 24 de Agosto de 2014 18:47 2014-08-24 18:47 desde IP: 187.185.169.110
Lo que deben de hacer es consignar el pago ante el juzgado civil de su localidad a fin de demostrar que no ha faltado al pago del arrendamiento, de tal modo que los que se ostenten como herederos puedan recoger este dinero al hacerse la adjudicación de la herencia.
En el momento de que se nombre un albacea ustedes podrán pactar con este un nuevo contrato de arrendamiento o a su negativa demandarle que el anterior se ha prorrogado tácitamente por un tiempo igual al del anterior.
Consulten con su abogado de confianza, el trámite de consignación de pago es fácil y no debe ser muy costoso.
Saludos.
-
Autor





